En la sesión plenaria del Parlamento Europeo, celebrada la semana del 7 al 10 de marzo, hemos debatido sobre un asunto de la mayor actualidad y seriedad, que suscita enorme preocupación: la protección de los derechos fundamentales y de la privacidad de los europeos ante prácticas de espionaje y de captación masiva de comunicaciones confidenciales.
Hace falta contemplar y discutir la protección de esa figura que se conoce internacionalmente con la locución inglesa del whistleblower. Traducida al castellano, equivaldría al delator, al confidente o denunciante de una situación que potencialmente afecta a casos de corrupción, atentados contra la seguridad nacional y delitos medioambientales, económicos o fiscales. Requieren, por lo tanto, una cooperación singularmente activa con los organismos públicos responsables de asegurar el cumplimiento de la legalidad: las Law Enforcement Agencies, los organismos que se encargan de hacer que se cumpla la ley.
¿Por qué ha cobrado últimamente tanta actualidad este asunto? Pues evidentemente, a raíz de la secuencia de revelaciones graves que en los últimos años han disparado la atención y la preocupación de los ciudadanos europeos: Assange, la Lista Falciani, el caso Luxleaks... Y sobre todo, el caso Snowden, durante el cual se puso de manifiesto una práctica sistemática y sostenida en el tiempo, invasiva y masiva, contra los derechos fundamentales, no ya de los europeos, sino de los ciudadanos de EEUU y los de todo el mundo, ejecutada sin control ni supervisión judicial por la Agencia Nacional de Seguridad estadounidense, la NSA.
Hace falta contemplar y discutir la protección de esa figura que se conoce internacionalmente con la locución inglesa del whistleblower. Traducida al castellano, equivaldría al delator, al confidente o denunciante.
El Parlamento Europeo se ha ocupado de esto. De hecho, es el único parlamento en toda Europa que lo ha hecho, reflejando así la indignación de millones de europeos.
En 2013, tuve el honor de presidir una comisión de investigación acerca de la vigilancia masiva (mass surveillance) que atenta contra los derechos fundamentales de los europeos: la LIBE -Comisión de Libertades, Justicia y Asuntos de Interior-, cuyas conclusiones fueron adoptadas en octubre de 2013.
En 2015, celebramos una audiencia (public hearing) en la LIBE para concluir que hace falta un marco de protección que desarrolle los derechos contemplados en los artículos 11, 30 y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Un marco que sea coherente con el Consejo de Europa y con la OCDE pero que, sobre todo, establezca cauces reglados y seguros para asegurar las confidencias de estos delatores. Un estatuto uniforme en todo el Derecho europeo, una legislación que cumpla el mandato establecido en el documento de conclusiones de la comisión que presidí.
Insisto: el Parlamento Europeo ha sido hasta la fecha la única institución y la única Cámara en Europa que se ha ocupado en serio de los escándalos referidos. Y el único que ha hecho algo al respecto. Esta es la tarea que tenemos por delante. Debemos acometerla. Y debemos completarla con una transposición adecuada en el Ordenamiento Jurídico de los Estados miembros.
Artículo publicado en El Huffington Post