El sábado 25 de noviembre -Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer-, una movilización extraordinaria volvió a sacudir la conciencia, en todas las calles de España acerca de la imperiosa necesidad de aunar todas las capacidades institucionales y sociales para cercar y derrotar toda forma de violencia ejercida contra las mujeres, un mal cuya persistencia entronca con la más inmemorial de las desigualdades, la que discrimina por su sexo a la mitad de la humanidad.
En su Pleno de noviembre en Estrasburgo, el Parlamento Europeo (PE), en su representación directa de una ciudadanía que integra a 450 millones de personas (la mitad de ellas mujeres), incluyó en su Orden del Día un punto muy intencionado. Una conversación coral a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Y una oportunidad para poner en valor todo lo que en esta Legislatura 2019/2024 hemos conseguido avanzar tanto en la legislación europea como en el acervo europeo de compromisos vinculantes en un ámbito tan exigente como es el de la violencia contra las mujeres.
En primer lugar, tras un procedimiento proceloso hasta la extenuación, la presión perseverante del PE ha conseguido que la UE ratifique -con su personalidad jurídica única (art.47 TUE), y con la última palabra por su voto favorable en el PE (art.218 TFUE)- el Convenio de Estambul (negociado y concluido por el Consejo de Europa), en que reside, hasta la fecha, la mayor expresión de compromiso en la eliminación de toda forma de violencia contra las mujeres por parte de los Estados signatarios, y cuyo estándar común europeo asciende a las fuentes del Derecho de la UE por la vía de su incorporación a su ordenamiento jurídico.
Es importante, al respecto, reconocer que este estándar supone un acicate respecto de aquellos Estados miembros (EEMM) de la UE más rezagados en su normativa nacional, siendo evidente que hay otros EEMM que sobresalen, como España, no sólo por su legislación sino por la especialización de su organización judicial, de su ministerio fiscal y de sus propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en cuanto a sus protocolos de protección de víctimas.
Por ello, este primer activo debe ser puesto en relación con el trabajo legislativo que ha desarrollado en este campo la Comisión de Libertades, Justicia e Interior del PE (Comisión LIBE) que tengo el honor de presidir. Destaca, en primer término, la actualización de la Directiva UE sobre Protección de Víctimas que data de 2012.
También, en segundo lugar, la Directiva UE sobre la Violencia contra las Mujeres, que aspira a ser completada antes de finalizar este mandato, posiblemente en el marco de la Presidencia Española del Consejo de la UE (de julio a diciembre de 2023).
Y, en tercer lugar, en un carril paralelo, la actualización de la Directiva europea de prevención y lucha contra la Trata de Seres Humanos (preventing and combating trafficking in human beings), que indicará el camino a los EEMM para que incluyan en sus respectivos Códigos Penales nacionales sanciones contra toda forma de consumo de los servicios laborales o sexuales de personas víctimas de trata.
Se trata, pues, de acometer con instrumentos penales y sancionatorios la reducción de la demanda que incide en el infernal circuito de explotación laboral y/o sexual de personas -sobre todo mujeres y menores indefensos- en la UE y en sus EEMM. Y lanza así un mensaje claro para acometer ese ominoso paisaje de prostitución que en toda la UE se ensaña sobre víctimas de trata, un ámbito en el que el PE asume el deber de legislar con gran determinación.
Aun otra consideración, sobre la que me he extendido en alguna tribuna europea anterior. Todo este trabajo normativo es expresivo de un compromiso paneuropeo todavía pendiente: el de completar, por fin, la definitiva adhesión de la UE al Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), cumpliendo por fin el mandato del art.6 del Tratado de la Unión Europea, en modo que el ordenamiento europeo afirme con toda claridad y la mayor rotundidad que toda forma de discriminación y violencia contra la mujer es en sí misma una forma de violación de los derechos humanos, radicalmente inaceptable para la conciencia europea.
Publicado en Huffington Post.