La preocupación esencial del Parlamento Europeo ha sido la de prevenir las situaciones de vulnerabilidad (mujeres y niños, sobre todo) expuestas a la voracidad sin escrúpulos de las redes de trata.
El Gobierno de España ha remitido a las Cortes Generales para su tramitación como proyecto de ley una iniciativa legislativa extremadamente ambiciosa y sensible por los objetivos que aborda: una Ley integral contra la Trata, cernida sobre la prevención de la explotación y tráfico de personas, poniendo el foco especialmente en la atención protectora las personas más vulnerables, mujeres y menores indefensos, expuestos a su explotación laboral y sexual, además del singularmente abominable tráfico de órganos.
Respondiendo a una insistente demanda del PE (Comisiones LIBE y FEMM, en un informe del que fui ponente junto a S. Rodríguez), la Comisión Europea adoptó en diciembre de 2021 una Propuesta de Modificación de la Directiva UE para la prevención y lucha contra la trata de seres humanos (Directiva 2011/36).
En nuestro Informe del PE examinamos las deficiencias en la ejecución de la directiva, reclamando tanto a la Comisión Europea como a los EEMM acometer cualesquiera lagunas o descubiertos normativos que obstaculizasen la penalización de toda forma de beneficio de la explotación económica, laboral o sexual de personas víctimas de trata, y reforzar la dimensión humanitaria —anclada en los derechos humanos violados en el circuito de la trata—, especialmente en los frentes de la prevención efectiva y de la puesta a disposición de programas y recursos de ayuda directa a las víctimas.
Identificar a las víctimas, clasificar adecuadamente sus situaciones subjetivas y sus necesidades objetivas de ayuda, protección, asistencia e inclusión especializada es, por tanto, un objetivo simplemente esencial para la articulación de una respuesta europea que aporte valor añadido a la legislación tuitiva de los EEMM de la UE. Y ello porque, conforme a todos los análisis y la documentación confiable, nada menos que el 75% de las víctimas de trata son mujeres y niñas especialmente vulnerables, expuestas principalmente a la explotación sexual.
La guerra de agresión contra Ucrania desencadenada por Putin ha desencadenado un flujo de no menos de 11 millones personas desplazadas hacia el territorio de la UE, de los que 7 millones ingresan y regresan a su país de origen y cerca de 4 millones han decidido establecerse indefinidamente en el espacio europeo a cuya adhesión aspira Ucrania. Todas y cada una disfrutan de la primera activación en la historia de la Directiva de Protección Temporal (pese a que el PE había solicitado su puesta en marcha ante desafíos anteriores en las fronteras de la UE): en la práctica, supone libre entrada (sin visa), libre circulación, libre elección de residencia, acceso al mercado de trabajo y a todas las prestaciones y servicios sociales vinculados a la residencia y al empleo en los EEMM de la UE.
La preocupación esencial del PE ha sido la de prevenir las situaciones de vulnerabilidad (mujeres y niños, sobre todo) expuestas a la voracidad sin escrúpulos de las redes de trata de personas con fines de explotación laboral y sexual, sobre la que insistentemente ha llamado a la acción la Agencia Europea de Derechos Fundamentales (FRA, en inglés).
La comisaria de Interior de la Comisión Europea, Ylva Johansson, ha informado regularmente de las medidas preventivas y de coordinación con las agencias de la UE y las autoridades de los EEMM para proveer seguridad a las personas desplazadas frente a los riesgos y amenazas de la trata de personas. De ahí, en definitiva, la importancia crucial de la iniciativa adoptada por la Comisión Europea para la revisión —reforma, modificación y refuerzo— de la actual Directiva 2011/36, a la luz de la experiencia acumulada en más de diez años de continuada vigencia.
La propuesta normativa en curso de tramitación en el PE incluye ahora, entre otras novedades reseñables, las siguientes:
a)- Incluye los matrimonios forzados y las adopciones ilegales entre las formas de explotación cubiertas por la directiva, lo que exigirá a los EEMM incorporar a sus respectivos códigos penales nacionales el tipo penal correspondiente.
b)- Mandata, en segundo lugar, la incorporación de tipos especiales para la facilitación del tráfico por medios informacionales o de comunicación de nuevas tecnologías, incluyendo internet y las redes sociales.
c)- Ordena la incorporación a las legislaciones penales de los EEMM de sanciones obligatorias contra las personas jurídicas que se beneficien de la trata, permanente u ocasionalmente.
d)- Con el objetivo de mejorar la protección de las víctimas de trata, establece la puesta en marcha de Mecanismos de Referencia nacionales para la identificación temprana de víctimas y activación de mecanismos de apoyo.
e)- Como medida, singularmente reseñable, la Propuesta de Revisión de la Directiva contra la trata incluye incrementar y robustecer por todas las vías practicables la reducción de la demanda de servicios sexuales forzados, lo que incluye la incorporación de tipos penales específicos para criminalizar el consumo de prostitución sancionando y/o penalizando al cliente sobre el que se pueda probar la solicitación o consumo de los servicios sexuales de víctimas.
f)- Acompaña a las anteriores medidas la del fortalecimiento de todos los sistemas de recolección de datos y su publicación periódica por Eurostat.
A la luz de lo expuesto en esta síntesis sumaria, el objetivo de la nueva Directiva es ciertamente muy ambicioso. Arranca su tramitación legislativa en el PE (Comisión LIBE, esperablemente, de nuevo, en estrecha colaboración con la Comisión FEMM). El calendario es ya apretado. Apremiante. Pero como sucede con el nuevo Pacto de Migraciones y Asilo (compuesto de cinco reglamentos, actualmente a debate entre PE y Consejo), la oportunidad verosímil de sacarlo adelante, impulsando los debates hasta su entrada en vigor, está emplazada en la próxima presidencia española del Consejo de la UE (segunda mitad de 2023), recta final de esta legislatura del PE y del mandato de la Comisión VDL 2019/2024).
Y hacerlo, además, desde una plena coincidencia no sólo con las prioridades político legislativas de la presidencia española, sino de la agenda social y los compromisos político legislativos proclamados —e ilustrados ya, a estas alturas de la legislatura en curso en las Cortes Generales (2019/2023), con impresionantes realizaciones— por el Gobierno progresista de España que preside Pedro Sánchez.
Publicado en Huffington Post