Como una de las consecuencias de la prolongada crisis de la UE que arrancó con la Gran Recesión desatada en 2009, la más profunda y severa de la construcción europea a lo largo de su historia, tanto el conjunto de la UE como sus EE.MM han visto crecer la preocupación sobre el deterioro democrático y los retrocesos en materia de protección de derechos."> Como una de las consecuencias de la prolongada crisis de la UE que arrancó con la Gran Recesión desatada en 2009, la más profunda y severa de la construcción europea a lo largo de su historia, tanto el conjunto de la UE como sus EE.MM han visto crecer la preocupación sobre el deterioro democrático y los retrocesos en materia de protección de derechos." />
De nuevo (y todavía) Polonia: "Rule of law" y art.7 TUE en el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia: resumen.
Como una de las consecuencias de la prolongada crisis de la UE que arrancó con la Gran Recesión desatada en 2009, la más profunda y severa de la construcción europea a lo largo de su historia, tanto el conjunto de la UE como sus EE.MM han visto crecer la preocupación sobre el deterioro democrático y los retrocesos en materia de protección de derechos.
Desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, diciembre de 2009, las instituciones europeas han diseñado y desarrollado estrategias para reforzar el examen de los niveles de respeto a los valores fundacionales y principios constitucionales comunes consagrados en el art.2 TUE («criterios de Copenague). Y para desarrollar instrumentos de prevención, control y corrección de retrocesos democráticos y en materia de derechos en eventuales reformas constitucionales y legales en los EE.MM. Los casos de Hungría y Polonia resultan paradigmáticos, en la medida en que han suscitado respuestas extraordinarias: entre ellas, la activación de mecanismos extrajudiciales (el «Mecanismo Estructurado del Estado de Derecho»); la incoación de acciones por incumplimiento del Derecho europeo por parte de la Comisión (art.258 TFUE); una serie Resoluciones del PE solicitando de la Comisión y el Consejo la activación de lo dispuesto en el art.7 TUE.; y, en el caso polaco, importantes decisiones jurisdiccionales del TJ. Este trabajo examina los recientes desarrollos en materia de Rule of Law y la extensión del instrumento actualmente disponible hacia un Mecanismo amplio de Estado de Derecho, democracia y derechos fundamentales. Este Mecanismo comprende —en un nuevo Policy Cycle— el escrutinio general, periódico y regular de la legislación de los EE.MM, apuntándose sanciones extrajudiciales previas a las de «botón nuclear» (de terminación improbable) del art.7 TUE: asi, la de vincular el acceso a Fondos europeos y presupuestarios de la UE al pleno respeto del Derecho y los derechos fundamentales. El artículo se centra singularmente en el examen a Polonia. Se completa el estudio con una exposición de las últimas decisiones del TJ en relación con las reformas judiciales llevadas a cabo por la mayoría absoluta del ultraconservador partido en el Gobierno polaco (Pis). Concluye con reflexiones sobre la necesidad de profundizar el carácter vinculante de la integración en un orden regido por el Derecho, en una singular experiencia de ciudadanía abierta a círculos concéntricos (constitucionalismo multinivel) frente a lecturas regresivas de la «identidad nacional».
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