De nuevo, el futuro de Europa

  • Tribuna de Prensa
  • 22 de Enero de 2020
De nuevo, el futuro de Europa

¿Qué ha pasado en este tiempo? Nada menos que el seísmo de la más profunda y larga crisis de la construcción europea desde su puesta en marcha.

Enero de 2020: primer Pleno del Parlamento Europeo (PE), celebrado en Estrasburgo a lo largo de toda la semana pasada, con la Comisión Von der Leyen (VDL) investida y en plenitud de facultades. Coincidiendo, finalmente, con el desbloqueo en España e investidura del Presidente del Gobierno tras años de parálisis legislativa y presupuestaria. Como era de esperar, todas las grandes prioridades y retos que habrá de afrontar la Presidenta VDL al frente de la Comisión 2019-2024 estuvieron presentes en el denso orden del día de la sesión plenaria.

Cuando hace ahora diez años entró en vigor el Tratado de Lisboa (TL) junto con la Carta de Derechos Fundamentales de la UE (CDFUE), el entonces presidente del Consejo Van Rompuy anunció ante el PE que ése sería “el Tratado bajo cuya vigencia viviremos los europeos el resto de nuestras vidas”. Pues bien, diez años después, VDL anuncia una “Conferencia sobre el Futuro de Europa” cuya desembocadura conducirá a una reforma reflexiva y razonada del TL.

¿Qué ha pasado en este tiempo? Nada menos que el seísmo de la más profunda y larga crisis de la construcción europea desde su puesta en marcha: partiendo de la Gran Recesión desatada en 2009, con su prolongada secuela de profundización de las desigualdades y de la difusión de un malestar de proporciones inéditas, la política europea ha debido confrontar la activación del Art. 7 TUE (Hungría y Polonia) y del Art. 50 que activaría, con el Brexit, la ya inminente salida de Reino Unido de la UE. La peor crisis de su historia ha conocido el corolario de una ola antieuropea en la que se han consorciado, con retadora virulencia, brotes de nacionalismo supremacista y populismo reaccionario. Son abscesos que cuestionan los cimientos de la cohesión europea enarbolando exaltaciones de cruda insolidaridad y quebrantos sin ambages de los valores europeos del Estado de derecho y el imperio de la Ley. 

De ahí que la Conferencia sobre el futuro de Europa comporte una nueva ocasión para reconectar con una ciudadanía aturdida por los estragos de la crisis, pero cuya participación electoral en los últimos comicios para la elección del PE se incrementó por encima del 50%, en su primer rebote desde que tuvieron lugar por vez primera en la historia, en 1979, con porcentajes desde entonces declinantes: “Los ciudadanos deben participar en una audiencia abierta y franca ante las instituciones”. La calle, los talleres, las universidades, los medios de comunicación, las empresas y los emprendedores son actores convocados (stakeholders, en la jerga) a esta conversación para el relanzamiento, en clave participativa, de la integración europea.

Y, naturalmente, el Brexit. ¡No ha habido Pleno del PE desde que comenzó esta desdichada secuencia en que no hayamos discutido cada incidente en el camino a la separación de Reino Unido que nos conduce a la UE27! La prioridad absoluta de toda la negociación ha sido la de preservar en la medida posible la integridad de los derechos de la ciudadanía (citizen´s rights): Y para eso votamos, en este Pleno de enero, una resolución que afirma contundentemente la regla de reciprocidad: y no la habrá si Reino Unido no trata a los casi dos millones de europeos en su territorio como la UE27 tratará al millón y medio de británicos residentes en sus Estados miembros (300.000 en España; 30.000 en Canarias). Baste pensar, para apreciar la importancia de esta regla, en los 10.000 trabajadores españoles que cruzan a diario la verja de Gibraltar y que. por cierto. mantienen en la Roca, tan concentrada en los servicios financieros (léase elusión fiscal, ocultación y contrabando) la dignidad del trabajo.

Y queda mucho por hacer y discutir para el día después del Brexit, cuya consumación ya parece irreversible el próximo 31 de enero. En apenas once meses (del 25 febrero al 30 diciembre 2020) deberá negociarse por entero el Acuerdo de Relación Futura UE-UK: Data Protection, seguridad, cooperación judicial y policial contra la criminalidad transfronteriza, asilo y refugio, Border Management, Reglamento de Dublín...

Además de todo esto, un punto fuerte del Pleno estribó, una vez más, en el Estado de derecho, derechos fundamentales y democracia en Hungría y en Polonia. Produce estupor que Fydesz -el ultraconservador y ultranacionalista Partido de Víctor Orbán- continúe hoy en el PPE, a costa de mantenerlo dividido y tensionado (no en vano el PP español votó en contra de la resolución). Poco antes del debate en pleno tuvimos la oportunidad de escuchar en vivo y en directo el conmovedor testimonio de jueces y magistrados polacos, relatando con detalle el acoso que padecen por parte del gobierno de PiS por defender la bandera de la independencia judicial y el acceso a la justicia imparcial y equitativa (art. 19 TUE y 47 CDFUE). La nueva configuración legal de la Cámara disciplinaria y la Oficina judicial gubernamentalizada son eslabones de una cadena de ataques sin freno ni ambages a la magistratura por parte de la mayoría parlamentaria del PiS en la Asamblea Polaca (Sejm). Confunde así su victoria electoral con su desvinculación de los valores y del Derecho europeo, tal y como ha recordado el TJUE en sus sentencias. Durante mi intervención les dirigí un mensaje apasionado: “¡No estáis solos!” Miles de jueces y fiscales procedentes de toda Europa se manifestaron en solidaridad en Varsovia el domingo previo al pleno.

Hungría describe un cuadro todavía más inquietante: el fraude a los fondos europeos y la corrupción rampante son males endémicos allí. De ahí la enérgica exigencia establecida por el PE de que se vincule y condicione el acceso a fondos europeos a un estricto cumplimiento de los estándares europeos en materia de Rule of Law, democracia y derechos fundamentales. Para ello ha adoptado el PE -a iniciativa de la Comisión LIBE, que tengo el honor de presidir- un Marco de Estado de Derecho, Democracia y Derechos fundamentales plenamente vinculante, que actúe de manera objetiva, para todos los EE.MM., con carácter regular, general y permanente. Por lo demás, los debates sobre derechos humanos no sólo conciernen a los EE.MM. de la UE: inspiran también su política exterior, con claro acento progresista.

Y, finalmente, Puigdemont. Tal y como anuncié en un comentario anterior, desde que conocimos la novedosa doctrina establecida por el TJUE en el diálogo jurisdiccional articulado en su respuesta a la cuestión prejudicial (art. 267 TFUE) que le planteó el TS español, dos conclusiones fueron claras: de un lado, el TJ defería al TS la concreción de los efectos de su pronunciamiento en cuanto al caso concreto (la situación penal y penitenciaria del recurrente, Oriol Junqueras). De otro, colateralmente, quienes se sustrajeron voluntaria y deliberadamente a la acción de la Justicia serían los beneficiarios de la doctrina del TJUE: los veríamos pronto en el PE. Y, en efecto, allí les vimos en el pleno de Estrasburgo.

Mas, como añadí también: la historia no ha acabado aquí. Empieza ahora el procedimiento reglamentario previsto para el levantamiento de sus inmunidades (“suplicatorio”), que, razonablemente, debería abrir el cauce para su proceso pendiente ante la Justicia española.

Conviene una última reflexión a este propósito: la inmunidad es prerrogativa funcional de la institución parlamentaria: protege su composición frente a persecuciones penales infundadas u orientadas a alterar artificiosamente su aritmética y su representación. No puede caber ni cabe la menor sospecha de que este riesgo sea creíble cuando el procedimiento penal es anterior a la elección; antes bien, al contrario, cabe inferir que quien se presenta a las elecciones al PE desde una situación procesal penal ya previamente abierta está intentando artificiosamente escapar de la Justicia (u obstruirla y dilatarla) mediante la espuria búsqueda de una alegada inmunidad que trocar en imposible e intolerable impunidad. Se trata, y hay que decirlo, de un claro supuesto de ese “abuso de derecho” tajantemente prohibido en el art. 54 CDFUE.

Publicado en Huffington Post

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