A todo lo largo de 2017 fui miembro de la Comisión de Investigación sobre los Panama Leaks (PANA, en el argot del Parlamento Europeo, PE) en torno a las revelaciones y escándalo de los llamados Papeles de Panamá, en que fue determinante el papel desempeñado por el despacho y consulting panameño Mosek Fonseca.
El objeto medular de la investigación parlamentaria fue, durante todo un año, explorar en profundidad las modalidades y rutas de la evasión fiscal, del fraude, del blanqueo de dinero procedente de negocios ilícitos, así como evaluar su impacto -negativo, claro está- sobre el Presupuesto de la UE y la financiación de sus políticas públicas.
En el curso de nuestra indagación, cobró creciente atención el capítulo centrado en las maquinaciones y técnicas de ingeniería fiscal puestas a la exclusiva disposición de las mayores fortunas, orquestadas al servicio de la defraudación y del incumplimiento de sus obligaciones tributarias por parte de las grandes rentas de capital, de sus beneficios societarios y los capitales transnacionales, habitualmente encubiertos por sociedades pantalla (shell companies) en los que se opaca a conciencia a sus titulares reales (beneficiaries and real owners).
En las conclusiones finales de nuestra Comisión de Investigación se mandató a las instituciones de la UE a proteger penal y procesalmente (con incentivos y garantías) a los denunciantes e informantes (whistleblowers) que contribuyen con su riesgo o sacrificio a desvelar las tramas de la corrupción o de elusión tributarias, y a establecer un compromiso contra la agressive taxplanning (la competición fiscal predatoria, a la baja entre EE MM de la UE).
Muy singular importancia tuvieron en nuestras Conclusiones las prácticas inaceptables (por inmorales, y muy a menudo ilegales) de los Consulting y Firms. Se trata de esos grandes despachos de abogados y de asesores fiscales que se han especializado, con toda obscenidad y abyección, en ayudar a los propietarios de enormes fortunas o titulares de rentas multimillonarias para que puedan evadir y defraudar a voluntad al fisco y la Hacienda pública de los EE MM de la UE.
Y viene todo esto a cuenta del largo aliento que rezuman los escándalos en torno a la rúbrica del Football Leaks. Sin ir más lejos, España: Messi, Mascherano, Marcelo, Ronaldo.... y ahora Modric, todos ellos condenados penalmente, junto a otros astros del fútbol que están siendo actualmente investigados.Da la impresión de que la Agencia Tributaria (AEAT) está tomándose en serio, por fin, el fraude y el delito fiscal a propósito del fútbol. Porque en ese planeta del deporte/espectáculo/negocio por excelencia se mueven a placer las más sórdidas tramas de delincuencia fiscal y económica a escalas estratosféricas.
El caso Messi lo puso en su día de manifiesto con toda su crudeza emblemática.
Recibido como un héroe, con aplausos y alborozo, ante el Tribunal Penal que lo enjuició y condenó por graves delitos fiscales, fue jaleado hasta el final. Pero como dejó dicho por escrito la sentencia condenatoria, nada de lo que se le imputaba, y quedó probado en juicio en que se le condenó, hubiera sido posible sin la intermediación decisiva, participación culpable y cooperación necesaria de esos abogados y asesores que maquinaron sus fraudes.
"No sabía nada", "fue mi papá", "yo sólo sé jugar al futbol", es el recital manido de pretextos habituales de los multimillonarios del fútbol.
En su reiteración, remedan, como actitud, lo que la jurisprudencia del TS de EEUU ha descrito en su doctrina de la "Willful blindness" o la "Volontary Ignorance": la ignorancia voluntaria, querida y deliberada de lo que se podía y debía conocer. En sentido contrario, se ha elegido "no saber", "no conocer", pese a poseer todos los instrumentos para "poder saber" y pese al "deber de conocer".
Y es que cuando se ha elegido "no saber", "no conocer", pese a poseer todos los instrumentos para "poder saber" y pese al "deber de conocer", la "ceguera voluntaria" no exime ni puede eximir de responsabilidad penal.
Nuestro Código Penal contempla (art.45 CP) la pena de inhabilitación especial como sanción de prohibición para el ejercicio de la actividad desde la que se cometió el delito para impedir la continuación del ejercicio de esa misma actividad desde la que profesionalmente se ha cometido el delito.
Es una pena que prohíbe el ejercicio de una actividad concreta, que contempla (y se exige) a menudo a los políticos.
¿Por qué no exigírselo también a aquellos futbolistas que, de otro modo, incluso cuando son cazados, enjuiciados y condenados por gravísimos delitos de delincuencia fiscal pueden permitirse pagar, sin más, en el peor de los casos, las sumas inmensas defraudadas y los intereses y recargos, para eludir así cualesquiera penas de cárcel (puesto que sus deudas tributarias movilizan intereses también multimillonarios), y hacerlo además sin despeinarse?
Es hora de empezar a asumir que acaso la única forma de que ciertos desaprensivos adquieran plena conciencia de su responsabilidad ante la sociedad, y de las consecuencias de un quebrantamiento obsceno del deber de cumplir sus obligaciones tributarias, reside en añadir de una vez en la sentencia condenatoria una pena adicional de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión de mega astro del fútbol con sus emolumentos descomunales, tan fuera en todo del mundo de los comunes mortales.
Y ello porque lo contrario significa resignarse, lisa y llanamente, a que cada vez que un futbolista defraude descaradamente a Hacienda (que no se olvide, somos todos), lo haga como hasta ahora: sin miedo a ninguna sanción que no pueda eludirse con el dinero que les sobra (incluso cuando estas penas incluyan, en teoría, varios años de cárcel eludibles con dinero, siempre con más dinero).
¡Y que, con el pretexto de su inaceptable "willful blindness", ese modo de actuar continúe colándonos goles por toda nuestra escuadra!
Publicado en Huffington Post