Artículo publicado en el diario La República.
El intercambio epistolar entre Felipe González, Duran i Lleida, Artur Mas y otros destacados referentes políticos y de opinión acerca del imponente punto de no retorno al que parece haberse llegado en el “laberinto catalán”, ha reverdecido una vez más una cuestión constitucional medular e inveterada donde las haya habido desde siempre: es la vexata quaestio del encaje “singular” de la “identidad” catalana (y su reconocimiento como nación compatible con la Nación española) en la Constitución.
Como tantas otras veces, durante más de un siglo, vuelve a discutirse -y de qué modo- sobre ello. La polémica acerca de la apuesta de Felipe Gonzalez por asumir de una vez que “Cataluña es una nación”, y hacerlo en la Constitución, reaviva la controversia sobre el concepto mismo de lo que sea nación. De nuevo citamos a Sieyès, a Renan, a Ortega y a su memorable polémica con Azaña. Y, una vez más, sobre la validez de la vía federal para favorecer ese encaje.
De modo que no sorprenda que reaparezcan antiguos equívocos e incomprensiones acerca del arquetipo del estado federal y sobre lo que signifique exactamente “federal”. Y sobre su compatibilidad (o no) con “asimetrías” en su seno.
Habrá que recordar otra vez que no existe un “canon federal” sino experiencias federales. Como ha mostrado el profesor Roberto Blanco Valdés en uno de sus ensayos lúcidos y decisivos, el federalismo tiene y muestra tantos y tan variados rostros como ordenamiento y Estados federales han existido y existen en la realidad de las cosas. Desde los puntos de vista histórico, cultural, político, sociológico -e incluso la arquitectura económica y fiscal de sus recursos financieros -no han existido ni existen dos “federaciones” idénticas: cada una es consecuente con sus supuestos y su historia, todas irrepetibles y basadas en sus propias formulas constitucionales.
Y habrá que repetir de nuevo que “federar” es unir, no lo contrario: no es “disgregar”, “centrifugar”, que es como, por prejuicios psicológicos arraigados, se ha distorsionado en España la virtualidad “federal”.
Y habrá que repetir de nuevo que no es verdad, nunca lo ha sido, que un supuesto arquetipo de “federalismo asimétrico” sería una contradicción o un oxímoron, como si todo federalismo exigiese “simetría” o uniformidad de sus partes. Al contrario: cuando se les observa lo bastante de cerca, todos los federalismos son en su interior asimétricos: Texas no es igual a Rhode Island; Bremen no es Baviera; Queensland no es Tasmania; Quebec no es Saskatchewan…
El sustrato material de la singularidad puede ser la especificidad lingüística o cultural; o puede ser económica o fiscal, o puede ser geográfica (ciudades-estado, o archipiélagos….) ¡Pero existe! En todos y cada uno de los Estados federales hay rasgos de asimetría, y también los hay en la España de las Autonomías: así, el Concierto Vasco, el Convenio Navarro, las lenguas, la foralidad, el hecho insular, el REF canario… incluso Ceuta y Melilla.
Resulta por eso increíble que todavía a estas alturas se alegue que es un tabú reconocer expresamente la incorporación, de una vez, de una mención específica a la singularidad de Cataluña en la Constitución Española.
Lo he escrito en muchas ocasiones: ante la reforma del art. 135 CE de 2011 no existía en toda la Constitución una sola referencia a Europa, ni a la UE, ni al Derecho Europeo. Solo después se ha incorporado una referencia a Europa.
Pero estas son las horas en que no existe todavía en la CE ni una sola referencia a Cataluña (sí aparecen mencionadas Navarra y Canarias, Asturias -Principado de Asturias- , Ceuta y Melilla… ¿Por qué no reconocemos ninguna singularidad en Cataluña, la pujanza de su lengua, su contrastada identidad lingüística cultural, y la pugnacidad de su voluntad de autogobierno?
Cuanto antes lo hagamos, será mejor para todos. Cuanto antes lo reconozcamos todos los demás españoles, mejor para el “reenganche” constitucional, emocional y afectivo de Cataluña en España. Mejor para la integración constitucional española. Mejor para la convivencia de los catalanes entre sí y de los catalanes con el resto de los españoles. Y mejor para las identidades compatibles de los propios catalanes como españoles y europeos.
Una ponencia y un debate de reforma constitucional extensa, con vocación federal, es el contexto adecuado para acometer esta cuenta pendiente con la cuestión constitucional más importante del momento, y de cuantos momentos nos han precedido hasta ahora. Con altura de miras y visión de la jugada. Con liderazgo ante el riesgo. Con ese sentido de la historia que azuza el olfato ante el viento que presiente el huracán.
El tiempo de federar requiere reconocer la identidad nacional de las “nacionalidades” a las que ya se refiere el art. 2 CE -que, no se olvide, está en vigor desde hace 37 años-, asumiendo de una vez que tanto en castellano como en catalán como en román paladino, la idea de “nacionalidad” denota un predicado de “nación”. Sin que ello comporte atribuir a esa “nacionalidad” predicada de “nación” o “identidad nacional” o “realidad nacional” (como proclama, por cierto, el vigente Estatuto de Autonomía de Andalucía), ninguna soberanía política ni sobre la estatalidad ni sobre el Estatuto básico de una ciudadanía basada en la igualdad de derechos.
Y el tiempo de federar requiere hacerlo en la Constitución. Esa es la tarea pendiente, necesaria e inaplazable para salir entre todos de un laberinto de ultimátums, recursos jurisdiccionales, bloqueos, choques de trenes, polos opuestos y enfrentados que se retroalimentan desde el achique de espacios contra la razón dialogada que debe fundar la convivencia en toda Constitución que asegure la igualdad en la diversidad.