Regiones Ultraperiféricas: cambio de marcha en la UE

  • Tribuna de Prensa
  • 12 de Abril de 2017
Regiones Ultraperiféricas: cambio de marcha en la UE

El jueves 30 de marzo asistí en el Edificio Berlaymont, sede de la Comisión en Bruselas, al IV Foro de Regiones Ultraperiféricas (RUP), una ocasión señalada para la interlocución de las instituciones europeas -Comisión, Consejo, Parlamento Europeo (PE)- y los Ejecutivos autonómicos de las RUP junto con representantes de la sociedad civil (empresarios, sindicatos, universidades, organismos regionales consultivos y de participación…) para debatir sus problemas y formular conjuntamente respuestas a sus inquietudes.

En cada uno de estos foros -en los que he participado desde que ejerzo mi mandato en el PE- se actualizan los mensajes y las demandas específicas de las distintas RUP -antes siete (tres francesas, dos portuguesas y una española, Canarias) y ahora acrecidas hasta nueve (con la incorporación de dos nuevas RUP francesas). Y se somete a examen su evolución en el despliegue del Derecho Europeo: desde su cristalización en el Tratado de Maastricht (1992) hasta su actual recepción en el Tratado de Lisboa (TL) (art. 349 TFUE).

En este IV Foro resultaron particularmente elocuentes y persuasivas las intervenciones de los presidentes de Azores, Madeira, Martinica y Reunión. Lo que no empece, sin embargo, a que desde mi compromiso con Canarias me interesase sobre todo el impacto sobre nuestra tierra, y en nuestra tierra, de la actual tesitura de la crisis europea, intensa y prolongada, la peor crisis de la historia, ocasión para un cruel ajuste de cuentas con su modelo social y su vocación solidaria y cohesiva hacia dentro y hacia fuera. Soy un eurodiputado elegido en una lista nacional (circunscripción española), pero no pierdo de vista un segundo mi condición de canario, hijo y residente en estas islas. Tampoco descuido jamás ninguna ocasión de ejercerla en la acción parlamentaria en el PE y en el particular formato del Intergrupo de eurodiputados residentes en las RUP, que consta de nueve miembros encuadrados, además, al menos en los cuatro grupos políticos más representativos y europeístas de la Eurocámara.

En circunstancias sometidas a cambios acelerados, debemos cobrar conciencia clara de que la defensa de los intereses de las RUP ante las instituciones europeas se ha hecho mucho más difícil de cuanto lo había sido antes desde la adhesión de España a las Comunidades (1985). La globalización, la traslación de competencias para la negociación y conclusión de Acuerdos y Tratados Comerciales internacionales desde los EEMM a la UE (operada en el TL), el recrudecimiento de la competencia sobre productos sensibles por parte de nuevos mercados emergentes y emergidos desde territorios fuera de la UE, la prolongada crisis económica y el exponencial incremento de las desigualdades, han empeorado el marco de cohesión y solidaridad que hizo posible los mejores años de la historia de la compensación de las desventajas impuestas por la lejanía, la insularidad y la fragmentación para el conjunto de las RUP respecto de las ventajas de acceso e integración conexas a la continuidad territorial en el mercado interior a escala continental.

En contra de las RUP juegan ahora, además, la multiplicación y complicación de los instrumentos específicos de la política regional (regiones marítimas, periféricas, regiones menos pobladas…) y el propio incremento en el número de RUP como categoría territorial para la singularización de la aplicación del Derecho de la UE. La espectacular ampliación (de aquella “Europa de los 12” cuando se adhirió a España hemos pasado a ¡28!) y el paradójico empobrecimiento de los recursos europeos de orientación cohesiva a causa del prolongado y abyecto austericidio (con presupuestos decrecientes frente a necesidades crecientes, en contradicción flagrante con los objetivos proclamados) han acabado por empeorar los escenarios de futuro.

En este escenario sombrío, una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (15 de diciembre de 2015, caso Mayotte) arroja un mensaje de aliento: la base jurídica del art.349 TFUE autoriza no sólo a “excepcionar” la normativa del Derecho derivado para proteger a las RUP, sino también a adoptar legislación específica que satisfaga sus demandas. El Memorandum de Conclusiones adoptado por las RUP a propósito de este IV Foro se perfila asimismo como una herramienta útil para la transformación del enfoque aplicado hasta la fecha. Sus principales referencias han quedado así planteadas ante el presidente de la Comisión, J. C. Juncker, y la Comisaria de Política Regional, Corina Cretu: a) Cláusulas de salvaguardia frente al impacto sobre las RUP de los Acuerdos y Tratados internacionales que afecten a sus producciones sensibles al objeto de prever mecanismos adecuados de compensación; b) Incremento del nivel de las ayudas aplicables en Agricultura y Pesca; c) Apuesta por la innovación, la educación, la cultura y la movilidad de las producciones artísticas y culturales, con programas específicos de financiación e infraestructuras idóneas; d) Fomento del empleo, formación profesional y capacitación para el cambio del modelo productivo; e) Subastas específicas de abastecimiento energético y excepciones singulares ante la Directiva de Energías Renovables, actualmente en curso de trámite legislativo en el PE, y de la que es ponente un compañero de la Delegación socialista española, Pepe Blanco; f) Integración de las RUP en las Redes Transeuropeas del Transporte, y convocatorias específicas para la adaptación de las RUP a las “autopistas del Mar”, aumentando los gastos elegibles para la apertura de nuevas líneas, y una excepción permanente en el sistema de comercio de derechos de emisión de la aviación comercial, pensando en la compensación del cada vez más sangrante déficit de conectividad de las RUP, recrudecido por la crisis.

Nos encontramos nuevamente ante un jalón de etapa decisivo para nuestras regiones: se está negociando la revisión de la futura Estrategia de la UE para el periodo 2020-30, cuyos resultados deberemos conocer en el primer semestre de este año, y deberían determinar el diseño del futuro de las RUP a partir de 2020. Es este, por tanto, un momento crucial en el que hay que trabajar y sumar una vez más apoyos políticos, económicos y sociales para asegurar un giro radical del enfoque aplicado hasta ahora a las RUP. Es necesario sacarlas de una vez del entorno configurado, exclusivamente y excluyentemente, por las políticas regionales y agrícolas, e integrarlas de forma resuelta y definitiva en el conjunto de las políticas europeas, sacando el mejor partido de su potencial y sus sinergias.

La actualización del REF pendiente de tramitación en las Cortes Generales, completa el cuadro de ambiciones para el inmediato futuro. La prevista remisión del anteproyecto de REF al Parlamento de Canarias (Disp. Adicional 3 CE y art.46 EACan) debe contemplar al menos las siguientes compensaciones de nuestra insularidad lejana: a) Principio de continuidad territorial y subvenciones al transporte aéreo y marítimo de personas y mercancías; b) Ayudas y compensaciones al transporte aéreo y marítimo de mercancías entre islas; c) “Quinta libertad del aire”; d) Recuperación del PEIC, triturado a conciencia por los Gobiernos del PP; e) Energías renovables (Directiva europea), regeneración, reutilización, y compensación de extracostes para la generación eléctrica, acompañada de mejoras de gestión de residuos, e incentivos regionales para las Islas no capitalinas; f) Incremento del fomento agrícola autorizado por la UE en el marco del Posei.

Trust is OK: control is better… Confiar está bien, pero es mejor controlar: es el lema de la UE que me ocuparé de aplicar al seguimiento de la aplicación y nivel de ejecución de este Memorando a partir del IV Foro de las RUP.

Publicado en Diario de Avisos

Política de privacidad y Cookies Aviso Legal y Condiciones Generales Página web realizada por Cactusidea