A lo largo de mi experiencia en el Parlamento Europeo (PE), me he esforzado por explicar —incorregible pulsión de profesor de Derecho— las características definitorias de esta Institución europea, que es la única directamente legitimada por el sufragio universal de 450 millones de ciudadanos/as europeos/as en sus 27 Estados miembros (EEMM). El PE es, de hecho, el único Parlamento directamente electivo, supraestatal en su alcance y legislativo en sus competencias.
A lo largo del segundo Pleno del Parlamento Europeo (PE) en el mes de octubre en Estrasburgo tuvo lugar un debate sobre un punto del Orden del Día especialmente afortunado. No solamente porque puso de manifiesto, incluso en un PE fragmentado y escorado a la derecha como nunca, una defensa, ampliamente mayoritaria, cerrada y firme de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual, sino porque, además, reveló una rara unanimidad en el apoyo a lo que hemos denominado "soberanía cultural europea".
El artículo 24 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE) obliga a la UE a proteger a los menores y su interés superior con todos los instrumentos a su alcance. También por medio del Derecho penal contra delitos gravísimos, como son el abuso sexual en la red, la pornografía infantil y el reclutamiento de menores para objetivos de explotación sexual, incluso mediante técnicas de inteligencia artificial (AI).
En el Debate sobre el Estado de Derecho en España.
Sobre las reformas de los tratados de la Unión Europea
Se trata de los resultados de la Comisión de Investigación sobre el espionaje con ''Pegasus''.
Sobre las conclusiones de la Comisión de Investigación de la UE sobre el espionaje con Pegasus.
Sobre el Pacto de Migraciones y Asilo.
Sobre la erosión del Estado de Derecho y pluralismo informativo, Grecia y UE